Educar a un niño no es hacerle aprender algo que no sabía, sino hacer de él alguien que no existía. John Ruskin

miércoles, 24 de noviembre de 2010

Art. 3o

La gratuidad y el cobro de cuotas de inscripción en las escuelas públicas
Comentario:

El artículo tercero constitucional establece que la educación que imparta el Estado será obligatoria, laica y además gratuita, esto es una ley y por lo tanto debe cumplirse, sin embargo como siempre eso solo se queda en el papel, ya que en la práctica en realidad se hace caso omiso de las preceptos de la constitución, no solo en materia educativa, sino incluso en otras garantías que establece la ley.

En otra fracción correspondiente al mismo artículo se menciona que la educación impartida por particulares debe estar regulada por el Estado y sus planes y programas deben estar apegados a los autorizados por el mismo, además de que el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares, pero habría que preguntarse si en este caso al igual que en el carácter de obligatorio que se le otorga ala educación ¿se cumplen en la práctica realmente los preceptos planteados en el Artículo Tercero Constitucional?, ¿Qué esta haciendo el Estado para que se respete lo planteado en este artículo?, y además Nosotros como padres de familia frente al problema del injusto cobro de cuotas ¿Qué estamos haciendo para erradicar esta “ilícita” práctica?.

Es necesario que como ciudadanos con “voz y voto” dejemos de aceptar pasivamente este tipo de actos injustos y actuemos para que nuestros gobernantes hagan algo.

Fuente de consulta:  http://www.cambiodemichoacan.com.mx/editorial.php?id=3602
Marinez Cruz Lucero

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